¿Condicionamientos de la opinión pública?


Roberto Pérez Betancourt


Opinar es un derecho constitucional. Emitir públicamente una opinión solo debe ser condicionado a los factores clásicos de la ética, la moral,  la urbanidad y los principios legales.
En los medios de difusión existen normas basadas en esas premisas  que rigen  para  los opinantes, ya sean periodistas o no, quienes, debo subrayarlo, en Cuba gozan de todo el derecho legal y humano para decir lo que piensan.
Los medios digitales, en los que funciona una interacción inmediata entre el destinatario y el opinante en la publicación, suelen alertar a quienes desean utilizar el retorno  mediante su  criterio, en el sentido de que “no se tolerarán frases insultantes, lenguaje despectivo y otras formas de ofensas”.
 Sin embargo, en  numerosas ocasiones, hay personas que saltan esas advertencias por lo que las publicaciones digitales se ven obligadas a suprimir tales diatribas.
Los medios de difusión,  en cualquier  parte del mundo, también  norman las formas de expresión atendiendo a sus intereses políticos y comerciales, y se basan en los índices de audiencia.
 En Cuba, aunque NO  gozamos de una Ley de prensa que debiera fijar y regular el ejercicio de este derecho, afortunadamente ya muchos programas, como el sabatino de Radio 26,  Para Tener en cuenta, en la provincia de Matanzas, y también El Familión, de gran audiencia diaria,  con guión de la estelar colega Yirmara Torres,  en la misma emisora, abren los micrófonos sin otra limitación que no sea utilizar  lenguaje apropiado, sin ofensas  ni  groserías y dentro del marco constitucional.
En uso de ese derecho, como profesional y ciudadano, opino que a estas alturas de lo alcanzado en materia de comunicación social, no me parece apropiado que algún funcionario intente poner premisas de uniformidad y  unanimidad  a los opinantes, ni  pretender que necesariamente sus opiniones tengan que servir de partida a la adopción y aplicación  de medidas prácticas, como en alguna ocasión he percibido a través de los propios medios aludidos y en  otras publicaciones.
 Tales puntos de vista implícitamente intentan condicionar la opinión,  y convertir al opinante en una especie de legislador  oficial.
  Las medidas prácticas corresponden instrumentarlas  a quienes dirigen, fueron designados o electos para la función por la cual  cobran un salario y gozan de un debido rango de autoridad, y a quienes voluntariamente asumieron responsabilidades en las barriadas sin percibir algún ingreso monetario por esa función, personas que cada vez más están necesitadas del apoyo real de las instituciones gubernamentales en todas las instancias.
   El público, variado, diverso  e inclusivo,  tiene derecho a quejarse, a decir lo que piensa, a criticar, citando hechos  concretos, y no  viene obligado a conocer todos los elementos cognitivos sobre un fenómeno para aportar su punto de vista, con el cual se puede coincidir o no.
  Este comentarista opina que  toca a los responsables de los hechos expuestos  comparecer públicamente y dar siempre la cara, explicar,  atender a las inquietudes de los opinantes, ya sea en las asambleas de circunscripción, instancia básica del Poder Popular, en un programa de radio o televisión, en la prensa digital o en un artículo periodístico.
 Por supuesto, mientras más informado y educado sean el opinante y el funcionario más coherencia y eficacia tendrá esta comunicación  en Matanzas y en todo el país.(TVY)(09/06/15)

Post a Comment

Artículo Anterior Artículo Siguiente